Última actualización: 19/02/2026
Estructura orgánica
En el siguiente bloque puede encontrar los siguientes documentos:
- Delegación, con carácter genérico, la dirección y gestión, con inclusión de la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros y en particular en los términos expresamente contemplados en el artículo 40.2 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de Municipios de Canarias, los servicios integrantes de determinadas materias.
- Delegación, con carácter especial, la dirección y gestión interna, con exclusión expresa de la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros, de determinados servicios.
- Delegación en la Junta de Gobierno Local, de entre las atribuciones concretas que se contemplan como delegables en los artículos 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 31 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de Municipios de Canarias.
- Delegación de competencias del pleno de la corporación en la junta de gobierno local y en la alcaldía presidencia.
- Delegación de la Presidencia efectiva de la Comisión Especial de Cuentas Economía, Hacienda y Patrimonio y delegación de la presidencia efectitva de la Comisión Informativa Permanente de Asuntos Plenarios.
- Nombramiento miembros Junta de Gobierno Local y Tenientes de Alcalde.